octubre 14, 2019

Reforma arancelaria a más de 200 productos

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Tal como fue anunciado por el Presidente de la República y el Ministro de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, el Pleno del Comité de Comercio Exterior emitió cuatro Resoluciones que reforman el arancel aplicable a más de 200 productos[1].
Entre los principales cambios encontramos los siguientes:

Productos sometidos a arancel 0:

  • Sustitutos de leche para alimentación de terneros
  • Aceites para transmisiones hidráulicas
  • Pinturas marinas anticorrosivas y antiincrustantes
  • Resinas fenólicas
  • Mangueras para bombas y tumbos similares, de materia textil
  • Cerraduras de los tipos utilizados en muebles
  • Bombas jet hidráulicas para levantamiento de petróleo
  • Cámaras o túneles desarmables o de paneles con equipos para producción
  • Máquinas para preparación de pescado o crustáceos
  • Desaladores electrostáticos
  • Deshidratador de petróleo
  • Filtros de entrada aire para motores de encendido por chispa o comprensión
  • Carretillas autopropulsadas con motor eléctrico
  • Tractores de un solo eje, orugas.
  • Brújulas, compases de navegación
  • Densímetros, areómetros, pesalíquidos e instrumentos flotantes similares
  • Polarímetros, medidores de pH (peachímetros), turbidímetros, salinómetros y dilatómetros
  • Micrófonos y sus soportes
  • Avisadores eléctricos de protección contra robo o incendio
  • Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, portátiles, de peso inferior o igual a 10g
  • Teléfonos y teléfonos móviles, incluidos smart phones
  • CKD de teléfonos, incluidos los móviles
  • Neumáticos radiales para autobuses y camiones, que cumplan con el RTE-INEN 011, a favor de gremios que constan en el listado elaborado por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Productos sometidos a arancel del 3.75%

  • Filtros para equipar aparatos métodos de la partida 90.18
  • Máquinas y aparatos para imprimir, flexográficos
  • Máquinas de moldear por inyección
  • Extrusoras
  • Termostatos
  • Circuitos impresos
  • Seccionadores e interruptores

Productos sometidos a arancel del 7.5%

  • Líquidos de frenos hidráulicos, preparaciones anticongelantes.
  • Aditivos preparados para cementos, morteros u hormigones
  • Papel y cartón obtenidos por pegado de hojas planas, en bobinas o rollos; cajas y cartonajes plegables de papel o cartón sin corrugar
  • Sacos (bolsas), bolsinas y cucuruchos
  • Suelas y tacones de caucho o plástico
  • Tapas corona
  • Ascensores sin cabina ni contrapeso
  • Juegos de cales para bujías de encendido

Productos sometidos a arancel del 11.25%

  • Filtros de gasolina para motores de inyección
  • Elementos filtrantes, del tipo de los utilizados en filtros para motores
  • Taladros de toda clase, incluidas las perforadoras rotativas



[1] Resoluciones No. 023-2019; 024-2019; 025-2019; 026-2019 emitidas por el Comité de Comercio Exterior, publicadas en el Registro Oficial Suplemento No. 56 de 8 de octubre de 2019.

Consejo Editorial

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