El viernes, 21 de mayo, el entonces Presidente Lenín Moreno sancionó el Proyecto de Ley remitido por la Asamblea Nacional el 10 de mayo de 2021. La norma aprobada cuenta con 77 artículos, distribuidos en 12 capítulos, 9 disposiciones generales, 4 disposiciones transitorias, 4 disposiciones reformatorias, 4 disposiciones derogatorias y una disposición final.
Esta norma se alinea con estándares internacionales, lo cual coadyuva a que Ecuador sea considerado por la comunidad internacional como un país con “nivel adecuado” y por ende pueda recibir y transferir datos con mayor facilidad, generando así inversión extranjera.
La protección de datos personales es un derecho reconocido y garantizado en la Constitución que se encontraba regulado de manera superficial por distintas normas. La nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales genera una estructura respecto al sistema de protección de datos, amplía la base legal de un tratamiento lícito e institucionaliza los derechos de los titulares y las obligaciones de los responsables y los encargados.
Establece medidas correctivas y sanciones pecuniarias tanto para el sector público como para el privado, que podrían llegar hasta el 1% del volumen de negocio en el sector privado y hasta 20 SBU para el sector público.
Además, contempla la creación de una Superintendencia de Protección de Datos Personales que tendrá, entre sus atribuciones, la tutela efectiva de los derechos de los administrados y estará a cargo de emitir directrices y resoluciones que promuevan un adecuado tratamiento y ejercicio de derechos.
Finalmente, si bien la normativa entrará en vigencia con su publicación en el Registro Oficial, el régimen correctivo y sancionatorio entrará en vigencia dos años después de esa publicación.
Durante este periodo todas las empresas o personas naturales que funjan de responsables o encargados deberán adecuar su tratamiento para que cumpla con lo dispuesto en la norma.
Consejo Editorial