marzo 31, 2019

El salario digno para el 2018 fue fijado en $444.62

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El Ministerio del Trabajo fijó en $444.62 (cuatrocientos cuarenta y cuatro dólares con sesenta y dos centavos) el salario digno para el año 2018[1]. En lo principal, el Acuerdo establece:



  • Están obligados al pago de la compensación económica para alcanzar el salario digno, los empleadores, sociedad o personas naturales obligadas a llevar contabilidad, que hubiere generado utilidades en el año 2018 o que hubieren pagado un anticipo al impuesto a la renta inferior a esas utilidades; y que, durante el ejercicio económico, no pagaron a sus trabajadores por lo menos el monto del salario digno.

 

  • El valor de la compensación resulta de la diferencia entre el salario digno y el ingreso mensual que la persona trabajadora o ex trabajadora percibió durante el año 2018.

 

  • Para el cálculo del ingreso mensual se debe sumar los siguientes componentes:
    • El sueldo o salario mensual del año 2018
    • La decimotercera remuneración valor proporcional al tiempo laborado en el año 2018
    • La decimocuarta remuneración valor proporcional al tiempo laborado en el año 2018
    • Las comisiones variables que se hubieren pagado en el 2018
    • La participación de utilidades del ejercicio fiscal 2017 y pagadas en el año 2018
    • Los beneficios adicionales percibidos en dinero en el año 2018
    • Los fondos de reserva correspondientes al año 2018

 

  • El cálculo del salario digno para el trabajador o ex trabajador, que hubiere laborado con un contrato de jornada parcial permanente, será calculado de manera proporcional al tiempo de horas semanales de trabajo estipuladas en el contrato.

 

  • La compensación económica para alcanzar el salario digno debe pagarse hasta el 31 de marzo de 2019. Para el efecto, el empleador debe destinar hasta el 100% del valor de las utilidades correspondientes al año 2018. Si el valor no alcanza para cubrir el salario digno, deberá repartirse de manera proporcional.

 

  • Para el cálculo de la compensación debe considerarse un periodo anual de 360 días, incluidas las vacaciones; la jornada laboral equivale a 240 horas[2].



[1] Acuerdo Ministerial No. 2019-070, disponible en http://www.trabajo.gob.ec/wp-content/uploads/2019/03/Acuerdo-Ministerial-MDT-2019-070-Salario-Digno.pdf


[2] Incluida reforma del periodo anual establecida mediante Acuerdo Ministerial No 2019-078 de 30 de marzo de 2019, disponible en: http://www.trabajo.gob.ec/wp-content/uploads/2018/01/image2019-03-29-152136.pdf

Consejo Editorial

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