marzo 13, 2020

El teletrabajo, una alternativa en la emergencia del COVID-19

Laboral

Publicaciones internas

El Ministerio de Trabajo ha expedido directrices de aplicación de teletrabajo emergente durante la declaratoria de emergencia sanitaria, mismas que son aplicables a partir del 12 de marzo de 2020.

 

Estas disposiciones permiten implementar la modalidad de teletrabajo de manera inmediata en jornadas especiales u ordinarias para todos los trabajadores del sector público o privado, únicamente modificando el lugar de trabajo.

 

Durante la emergencia sanitaria el teletrabajo emergente se aplicará de la siguiente manera:

 

  • Se deberá registrar esta modalidad en el Sistema del Ministerio de Trabajo (SUT) modificando el registro vigente de cada trabajador
  • Para iniciar el teletrabajo emergente se comunicará a los empleados que se encuentran bajo esta modalidad junto con las directrices de control y monitoreo de las actividades
  • Loes empleados bajo esta modalidad serán responsables del cuidado y custodia de las herramientas de trabajo otorgados para el efecto, así como de la confidencialidad de la información

El teletrabajo emergente terminará por acuerdo de partes o por la finalización de emergencia sanitaria.

Consejo Editorial

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