En diciembre de 2020, en Estados Unidos se aprobó la Ley de Presupuesto para la Defensa Nacional para el año fiscal 2021 (NDAA, por sus siglas en inglés). El presidente Trump vetó la NDAA, pero el Congreso y el Senado de Estados Unidos decidieron anular dicho veto y la ley fue aprobada el 1 de enero de 2021.
Esta Ley contiene reformas que pueden afectar a personas y sociedades que no residen en Estados Unidos, entre las que se destacan las siguientes:
- Se introducen nuevos requisitos para el reporte de beneficiarios efectivos a la Red de Control de Delitos Financieros (FinCEN), oficina del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos encargada de recopilar y analizar información sobre transacciones financieras para combatir el lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y otros delitos financieros nacionales e internacionales. La Ley establece que se deberán emitir las regulaciones para implementar estos requisitos en el plazo de un año.
- Se autoriza a FinCEN a compartir información respecto a beneficiarios efectivos con autoridades estadounidenses y extranjeras.
- Se dispone que las sociedades anónimas, compañías limitadas y compañías estadounidenses similares, así como compañías extranjeras domiciliadas en EE. UU., deberán entregar a la FinCEN la siguiente información sobre sus beneficiarios efectivos:
i. Nombre
ii.Fecha de nacimiento
iii. Domicilio o dirección de la empresa
iii. No. de identificación
No están obligadas a reportar la información de sus beneficiarios efectivos las siguientes compañías:
i. Las compañías que coticen en bolsa;
ii. Subsidiarias de compañías que coticen en bolsa que sean de propiedad exclusiva de la principal;
iii.Compañías con más de 20 empleados a tiempo completo en Estados Unidos;
iv. Compañías operativas con domicilio físico en Estados Unidos; y
v. Compañías que hayan realizado declaraciones de impuesto a la renta en Estados Unidos que tengan más de USD5.000.000 en ingresos brutos o ventas
La base de datos de beneficiarios efectivos de FinCEN no será pública. FinCEN solo entregará la información en los siguientes casos:
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- Por solicitud de una agencia estatal relacionada con la seguridad nacional, servicio de inteligencia o el cumplimiento de la ley;
- Por solicitud de una autoridad estatal o local relacionada con el cumplimiento de la ley que cuente con una autorización judicial para obtener la información dentro de una investigación penal o civil.
- Por solicitud de una agencia federal en representación de autoridades de otros países amparados en un tratado o convenio internacional, o en una solicitud de asistencia hecha por el país extranjero.
La falta de reporte o el reporte incompleto/incorrecto de la información del beneficiario efectivo serán sancionados con (i) una multa de hasta USD500 por día mientras dure la infracción y (ii) una multa de hasta USD10.000 y hasta dos años de prisión.
- Se introducen medidas para fortalecer las iniciativas contra el lavado de activos, entre las que se incluye la posibilidad de que el gobierno estadounidense solicite a bancos extranjeros que mantengan cuentas de corresponsalía en los Estados Unidos información sobre dichas cuentas o cualquier otra cuenta en dicho banco.
Consejo Editorial