El Ministerio del Trabajó reformó el Instructivo para el cumplimiento de las obligaciones de los empleadores públicos y privados[1]. La reforma que modifica la periodicidad para la entrega de información relativa a salud y seguridad ocupacional establece:
- Es obligación del empleador actualizar y renovar la información reportada en materia de seguridad y salud en el trabajo, dentro de los 12 meses subsiguientes a la fecha del último registro en el Sistema Único de Trabajo – SUT.
- Las actualizaciones que la plataforma informática tuviese y otras que fueran determinadas y requeridas por el Ministerio, deberán ser notificadas a los usuarios.
[1] Acuerdo Ministerial MDT-2019-354 del Ministerio del Trabajo, publicado en el Suplemento Registro Oficial No. 89 de 27 de noviembre de 2019ls
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