diciembre 09, 2019

Las sociedades de interés público que superen los $500.000 estarán obligadas a contratar auditoría externa

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Publicaciones internas

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, reformó la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2016-011 publicada en el Registro Oficial No. 879 de 11 de noviembre de 2016 que contiene el Reglamento sobre auditoría externa, estableciendo que las sociedades de interés público, definidas en la reglamentación pertinente, cuyos montos de activos excedan los quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América (USS 500.000,00) están obligadas a contratar auditoría externa[1].

Recordamos que, mediante la resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2019-0015, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, emite el Instructivo de sociedades de interés público, estableciendo que se considerará sociedad de interés público a las siguientes compañías y que estarán bajo su control:

  1. Las emisoras de valores inscritas en el Catastro Público de Mercado de Valores.
  2. Las casas de valores, los depósitos centralizados de compensación y liquidación de valores y las sociedades administradoras de fondos de inversión y fideicomisos.
  3. Las de seguros, de reaseguros, intermediarias de reaseguros, peritos de seguros y las agencias asesoras productoras de seguros.
  4. Las que financien servicios de atención integral de salud prepagada.
  5. Las que provean servicios de asistencia a asegurados o tarjeta habientes, por sí o a través de terceros.
  6. Las calificadoras de riesgo y auditoras externas.
  7. Las dedicadas a las actividades corrientes y especializadas de construcción de todo tipo de edificios y obras generales de construcción, para proyectos de ingeniería civil.
  8. Las que realicen actividades de compra, venta y alquiler de bienes inmuebles, intermediación, agencia y corretaje inmobiliarios.
  9. Las que se dediquen a la venta de vehículos automotores nuevos o usados.
  10. Las que se dediquen a actividades de factorización por compra de cartera.

Adicionalmente, en la resolución se derogan las resoluciones No. SCVS-DSC-2018-0001 de 17 de enero de 2018, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 171 de 30 de enero de 2018 y la No. SCVS-DSC-2018-0008 de 27 de febrero de 2018, publicada en el Registro Oficial No. 214 de 4 de abril de 2018.

[1] Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2019-0014, publicada en el Registro Oficial No. 71 de 30 de octubre de 2019.

Consejo Editorial

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