julio 14, 2020

Las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS): diez ventajas

Corporativo

Publicaciones internas

  1. Es una sociedad muy flexible, igualmente práctica para un emprendimiento o para una gran corporación. Se adapta a las necesidades específicas de cada compañía.
  2. Puede ser unipersonal.
  3. El capital mínimo es de un dólar.
  4. El patrimonio personal queda protegido, ya que solo se responde por el capital aportado a la SAS.
  5. Se crea por medio de un documento privado. No se requiere destinar tiempo y otros recursos en gestiones en notarías o registros mercantiles (salvo si se aportan inmuebles a la SAS). Cualquier reforma posterior u otorgamiento de nombramientos igualmente se hace por documento privado. Sus libros sociales y registros contables pueden ser electrónicos.
  6. Cualquier compañía podrá transformarse a SAS, cuando su asamblea o junta de socios o accionistas lo decida (con el voto favorable de las dos terceras partes del capital social).
  7. Pueden emitir distintos tipos de acciones (ordinarias o preferidas) por lo que se facilita el levantamiento de capital.
  8. Hay mayor flexibilidad en la regulación de los derechos patrimoniales. Se puede regular el voto en los estatutos sociales o condicionar la negociación de acciones por un plazo de hasta 10 años renovables.
  9. Las SAS se sujetan a la tarifa de impuesto a la renta corporativa, que es fija (de 25% o de 22% si se trata de una micro o pequeña empresa). La tarifa de impuesto a la renta para personas naturales es progresiva (35% en su límite superior).
    Hay que anotar que si se trata de una nueva microempresa habrá una exoneración del impuesto a la renta durante tres primeros años contados a partir del primer ejercicio fiscal en el que se generen ingresos operacionales, siempre que la microempresa cree empleo neto e incorpore valor agregado nacional en sus procesos.[1]
  10. Los dividendos percibidos por las SAS de parte de otras sociedades ecuatorianas están exentos del impuesto a la renta. No hay retención al distribuir dividendos entre sociedades ecuatorianas.

[1] Se requiere que la microempresa sea nueva en su totalidad.  No se considera el mero traspaso de activos.

Microempresa es aquella unidad productiva que tiene entre 1 a 9 trabajadores y un valor de ventas o ingresos brutos anuales iguales o menores de trescientos mil (US $ 300.000,00) dólares de los Estados Unidos de América.

 

Consejo Editorial

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