El Ministerio del Trabajo reformó la norma técnica para la aplicación de principio de empleo preferente establecido en la Ley Orgánica para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica[1]. La reforma, principalmente establece lo siguiente:
- Aclara que la Red Socio Empleo (RSE), administrada y perteneciente al Ministerio del Trabajo, es el único mecanismo para verificar el cumplimiento de la obligación de contratar personal residente en la Circunscripción Territorial Especial Amazónica.
- Se debe mantener al menos el 70% de trabajadores residentes de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, porcentaje que será calculado respecto de la totalidad de empleados bajo cualquier tipo de régimen y modalidad laboral que labore en la Circunscripción.
- El porcentaje del 10% de trabajadores pertenecientes a pueblos y nacionalidad indígenas, también se calculará sobre la totalidad de empleados bajo cualquier tipo de régimen y modalidad laboral que labore en la Circunscripción.
- En caso de un primer incumplimiento, los inspectores de trabajo podrán imponer multas de hasta tres salarios básicos unificados. En caso de reincidencia el Director Regional de Trabajo podrá imponer multas de hasta diez salarios básicos unificados.
[1] Acuerdo No. MDT-2019-173-A del Ministerio del Trabajo, publicado en el Registro Oficial No. 10 de 2 de agosto de 2019
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