La Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, publicada en el Registro Oficial Sexto Suplemento No. 56 de 10 de junio de 2025, reformó el artículo innumerado prohibiciones de la Ley de Compañías, en la que se incorpora una prohibición para que las empresas que se dedican a actividades en sectores estratégicos, minería y relacionadas no puedan operar con el tipo societario de sociedades por acciones simplificadas (SAS).
En este caso, las SAS que se dedican a este sector deberán transformarse en sociedades anónimas o compañías de responsabilidad limitada para que puedan dedicarse a estas actividades. Existen otras posibilidades de reestructuración societaria como escindir, ceder el negocio, crear una holding, etc., que se podría analizar de manera puntual para darle una solución específica al requerimiento que tenga el negocio.
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