febrero 17, 2019

Nuevo periodo de cálculo para la participación de utilidades de los trabajadores

Registro Oficial

Laboral

Publicaciones internas

El Ministerio del Trabajo reformó el Instructivo para el pago de la participación de utilidades[1].

La reforma señala que, para el cálculo de la participación de utilidades, se considerará el período anual de 365 días, incluidas las vacaciones y feriados; y, la jornada laboral mensual equivalente a doscientas cuarenta 240 horas. Es decir, ya no se utilizará el periodo de 360 días como se lo ha hecho en años anteriores.

[1] Acuerdo Nro. MDT-2019-014, publicado en el Suplemento del Registro Oficial 429 de 15 de febrero de 2019

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