Recordamos que en marzo de 2019 deben cumplirse las siguientes obligaciones:
Societarias:
- Celebración de la Junta General Ordinaria:
De acuerdo con la normativa ecuatoriana, las compañías en el Ecuador deberán realizar su junta general ordinaria, al menos una vez al año, dentro de los tres meses posteriores a la finalización del ejercicio económico de la compañía; esto es, hasta el 31 de marzo.
Laborales:
- Pago de la decimocuarta remuneración – regiones costa e insular
Los trabajadores tienen derecho a recibir, mensualmente, una bonificación equivalente a la doceava parte de la remuneración básica mínima unificada para los trabajadores en general que, para el 2019 es de $394 dólares.
Si el trabajador solicitó por escrito recibir este valor de forma acumulada, este deberá ser entregado hasta el 15 de marzo en las regiones costa e insular, de acuerdo al tiempo laborado por cada trabajador.
- Cálculo de utilidades
Los empleadores deberán calcular, hasta el 31 de marzo del año en curso, el valor a ser repartido por concepto de utilidades a sus trabajadores. Los trabajadores deberán acreditar las cargas familiares hasta el 30 de marzo, caso contrario, no serán consideradas para el reparto. Recordamos que el Ministerio del Trabajo reformó el periodo de cálculo para las utilidades y que este actualmente es de 365 días[1].
Las utilidades deberán repartirse hasta el 15 de abril, en base al tiempo trabajado, y a las cargas familiares de cada trabajador.
- Compensación económica para el salario digno
Aquellos empleadores que no hubieren pagado a todos sus trabajadores un monto igual o superior al salario digno mensual deberán pagar hasta el 31 de marzo, una compensación económica a los trabajadores que no hubieran alcanzado ese valor.
Esta compensación es obligatoria para las sociedades o personas naturales obligadas a llevar contabilidad que al final del período fiscal tuvieren utilidades del ejercicio y que, en el ejercicio fiscal, hayan pagado un anticipo al Impuesto a la Renta inferior a la utilidad. Para el pago de la compensación económica, el empleador deberá destinar hasta el 100% de las utilidades, en caso de ser necesario.
El salario digno para el año 2018 aún no ha sido fijado, este corresponde al costo de la canasta básica familiar dividido para el número de perceptores del hogar.
Tributarias:
- Declaración y pago del Impuesto a la renta de personas naturales
Las personas naturales deben declarar y pagar su impuesto a la renta, hasta el mes de marzo, de acuerdo con el siguiente calendario:
Noveno dígito RUC | Fecha máxima de presentación |
1 | 10 de marzo |
2 | 12 de marzo |
3 | 14 de marzo |
4 | 16 de marzo |
5 | 18 de marzo |
6 | 20 de marzo |
7 | 22 de marzo |
8 | 24 de marzo |
9 | 26 de marzo |
0 | 28 de marzo |
[1]https://www.pbplaw.com/es/nuevo-periodo-de-calculo-para-la-participacion-de-utilidades-de-los-trabajadores/
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