Recordamos a nuestros que en mayo de 2019 se debe cumplir con las siguientes obligaciones:
- Presentación del Anexo de Activos y Pasivos de sociedades y establecimientos permanentes
Las sociedades constituidas en el Ecuador y establecimientos permanentes domiciliados en Ecuador de sociedades extranjeras no residentes, que al 1 de enero de cada año tengan un total de activos o pasivos en el exterior que supere el valor de $500.000 están en la obligación de presentar el respectivo Anexo de Activos y Pasivos.
El Anexo debe ser presentado a través del portal web del Servicio de Rentas Internas, en el mes de mayo de acuerdo con el noveno dígito del RUC.
- Presentación de la Declaración Patrimonial:
Toda persona natural, nacional y extranjera, residentes en el Ecuador, cuyos activos supere las 20 fracciones básicas desgravadas ($226.200,00 para el 2019) y quienes mantengan sociedad conyugal o unión de hecho si sus activos comunes superan el valor equivalente a 40 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta ($452.400,00 para el año 2019) deberán presentar la respectiva declaración patrimonial.
La declaración debe ser presentada a través del portal web del Servicio de Rentas Internas, en el mes de mayo de acuerdo con el noveno dígito del RUC.
- Presentación del Anexo de Dividendos:
Deberán presentar la información correspondiente al ejercicio fiscal, considerando como utilidad el resultado que se obtenga de restar de la utilidad contable los siguientes rubros: la participación de utilidades a trabajadores; el gasto por impuesto a la renta del periodo; y las reservas que correspondan.
Son sujetos obligados los siguientes:
- Las sociedades residentes o establecidas en el Ecuador, incluyendo las de economía mixta, con respecto a: (i) la utilidad generada durante el período reportado; (ii) la utilidad en períodos anteriores, que al 1 de enero del periodo reportado se encuentren pendientes de distribución; y, (iii) los dividendos distribuidos durante el período informado.
- Las organizaciones que se encuentren bajo el régimen de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario lo harán exclusivamente de las utilidades definidas como tal para este grupo.
- Las sociedades residentes o establecidas en el Ecuador; y, las personas naturales residentes en el Ecuador con respecto a la información relativa a dividendos que les hayan sido distribuidos durante el período reportado, provenientes de sociedades extranjeras no residentes ni establecidas en el Ecuador.
El Anexo debe ser presentado a través del portal web del Servicio de Rentas Internas, en el mes de mayo de acuerdo con el noveno dígito del RUC.
- Presentación del Anexo de Incentivos y Beneficios tributarios del COPCI:
Deben presentar el anexo quienes hayan aplicado los incentivos y beneficios tributarios otorgados por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), específicamente los relacionados con el Impuesto a la Renta, su anticipo y el Impuesto a la Salida de Divisas que hayan sido aplicados en el ejercicio fiscal inmediato anterior al de la presentación del anexo; y comprende todos los hechos, operaciones y/o transacciones, efectuadas dentro del territorio nacional o en el extranjero.
El Anexo debe ser presentado a través del portal web del Servicio de Rentas Internas, en el mes de mayo de acuerdo con el noveno dígito del RUC.
Plazo para la presentación:
La información tributaria a ser presentada en mayo de 2019, deberá presentarse acuerdo con el noveno dígito del RUC con el siguiente calendario:
Noveno dígito RUC | Fecha máxima de presentación |
1 | 10 de mayo |
2 | 12 de mayo |
3 | 14 de mayo |
4 | 16 de mayo |
5 | 18 de mayo |
6 | 20 de mayo |
7 | 22 de mayo |
8 | 24 de mayo |
9 | 26 de mayo |
0 | 28 de mayo |
Consejo Editorial