El 25 de marzo de 2024 se publicó en el Registro Oficial la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo.
El 15 de julio de 2024 se publicó en el Registro Oficial el Reglamento General de Aplicación a la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo, el cual incluyó varias reformas tributarias.
A continuación, las reformas más relevantes:
Contratos por espectáculos públicos
El Reglamento a la Ley de Régimen Tributario Interno obliga a las personas que organicen, promuevan o administren un espectáculo público a efectuar retenciones en la fuente del 25%.
En virtud de la reforma, si el organizador del espectáculo público es un prestador de servicios turísticos, los pagos estarán sujetos a una retención del 15%. Si el perceptor del pago se encuentra en un paraíso fiscal se le aplicará la retención del 25%.
El Reglamento regula el trámite de obtención del certificado de cumplimiento como agentes de retención que los organizadores de espectáculos públicos ocasionales requieren obtener, según la Ley de Régimen Tributario Interno.
Nuevas inversiones para el sector de turismo
El Reglamento establece que para el caso en que los proyectos que establezcan un cronograma donde se evidencien varios periodos de inversión, el contribuyente podrá acceder a una exoneración del impuesto a la renta respecto las inversiones realizadas.
Devolución de crédito tributario por retenciones en la fuente de IVA
El Reglamento establece que las solicitudes de devolución del crédito tributario originado por retenciones en la fuente del IVA deberán ser presentadas por períodos mensuales, en orden cronológico y consecutivo.
Devolución del IVA por la adquisición local de chasis y carrocerías para buses y tricimotos
Quienes tengan como actividad económica el transporte público de pasajeros en buses urbanos o tricimotos, tendrán derecho a la devolución del crédito tributario generado por el IVA pagado en la adquisición local de chasis y carrocerías.
Los vehículos cuya adquisición generó el derecho al reintegro del IVA deberán permanecer en actividad por lo menos por 5 años, caso contrario, el SRI podrá reliquidar los valores devueltos en función del tiempo transcurrido.
Devolución de IVA a adultos mayores, personas con discapacidad o a sus sustitutos
Las personas adultas mayores, con discapacidad y sus sustitutos tienen el derecho a acceder a la devolución del IVA generado en la adquisición de bienes y servicios de primera necesidad. Según la reforma introducida por el Reglamento, los bienes o servicios deberán ser adquiridos de establecimientos autorizados por el SRI.
Para tales efectos, el SRI calificará como establecimientos autorizados a aquellos que se encuentren al día en la prestación y pago de sus declaraciones de IVA en los últimos 12 meses. En el caso de que se califique a un establecimiento bajo la modalidad RIMPE, este deberá presentar sus declaraciones mensuales de IVA a partir del primer día del mes subsiguiente de su calificación.
Reducción de la tarifa del IVA para actividades turísticas
Las personas naturales o sociedades que se dediquen a actividades turísticas deberán contar con el Registro Nacional de Turismo para poder acogerse a la reducción de la tarifa del IVA.
Deducción adicional por la adquisición de sistemas de seguridad
Para beneficiarse de la deducción adicional del 50% para el cálculo del impuesto a la renta por la adquisición de sistemas de alarma, servicios de personal de seguridad y cámaras de vigilancia, se deberán considerar los gastos efectuados en 2024.
Reglas de la compañía foránea controlada
El Reglamento introdujo normas sobre el régimen de la compañía foránea controlada. Para conocer más de ellas, haga click aquí.
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