La Asamblea Nacional aprobó un nuevo Código de Comercio. El nuevo Código de Comercio ya fue enviado al Registro Oficial para su publicación y entrará en vigencia una vez que sea publicado. El nuevo Código, que regula las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles y los actos y contratos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes, contiene 1348 artículos que regulan, principalmente lo siguiente:
- Define quiénes son comerciantes y qué se consideran actividades u operaciones mercantiles de comercio, aun sin ser realizados por comerciantes.
- Establece las obligaciones, derechos y actividades reguladas de los comerciantes o empresas de comercio.
- Define y regula el comercio electrónico y la prestación de servicios electrónicos.
- Regula los instrumentos de comercio: títulos valores y títulos de crédito.
- Regula las obligaciones y contratos mercantiles, sus elementos, características, interpretación, prueba, cesión y nulidades; entre otros.
- Entre los contratos mercantiles regulados se encuentran:
- los contratos de compraventa;
- los contratos de venta con reserva de dominio;
- los contratos de venta comercial de bienes raíces;
- los contratos de transferencia y transmisión de la empresa y establecimientos de comercio;
- los contratos de suministro;
- los contratos de arrendamiento incluido el leasing o arrendamiento mercantil;
- los contratos de agencia, de comisión y de corretaje;
- los sistemas y contratos de distribución;
- los contratos de franquicias (franchising);
- los contratos para uso de conocimiento (know-how);
- los contratos de colaboración como joint-venture,
- los contratos de consorcio mercantil;
- los contratos de créditos comerciales;
- los contratos de cuenta corriente mercantil;
- los contratos de prenda;
- los contratos de fianza;
- los contratos de venta de cartera o factoring;
- los contratos de operación o logística.
- El nuevo código regula, además, en libros separados los contratos de seguro en sus diferentes tipos y los contratos de transporte terrestre, marítimo y aéreo.
Las matrículas de comercio obtenidas con anterioridad a la vigencia del nuevo código mantendrán su vigencia.
Se derogan, entre otras, la Codificación del Código de Comercio de 1960; los Títulos IX, X, Xl y Xll del Código Aeronáutico; la Ley de Arrendamiento Mercantil de 1979.
Consejo Editorial