El Ministerio del Trabajo fijó en $470 (cuatrocientos setenta dólares) el salario básico unificado del trabajador en general, incluidos los trabajadores de la pequeña industria, trabajadores agrícolas, trabajadores de maquila, trabajadores remunerados del hogar, operarios de artesanías y colaboradores de la microempresa[1]. El salario comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2025.
El Acuerdo establece que el incremento salarial equivale al 2,174% con relación al 2024. Este mismo incremento será utilizado para el cálculo de los salarios mínimos sectoriales de las 21 comisiones[2].
Recordamos que las comisiones sectoriales son las siguientes:
- Agricultura y plantaciones
- Producción pecuaria
- Pesca, acuacultura y maricultura
- Minas, canteras y yacimientos
- Transformación de alimentos (incluye agroindustria)
- Productos industriales, farmacéuticos y químicos
- Producción industrial de bebidas y tabacos
- Metalmecánica
- Productos textiles, cuero y calzado
- Vehículos, automotores, carrocerías y sus partes
- Tecnología: hardware y software (incluye TIC’S)
- Electricidad, gas y agua
- Construcción
- Comercialización y venta de productos
- Turismo y alimentación
- Transporte y logística
- Servicios financieros
- Actividades tipo servicios
- Actividades de enseñanza
- Actividades de salud
- Actividades comunitarias
[1] Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-300 de 17 de diciembre de 2024
[2] Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-301 de 17 de diciembre de 2024
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