El COE Nacional autorizó la solicitud del COE Municipal de Guayaquil de emitir una prórroga hasta el 21 de julio de 2020 para la aplicación de pruebas COVID-19 en el lugar de origen de los vuelos entre las ciudades de Quito y Guayaquil, bajo las siguientes reglas:
- Podrán viajar los pasajeros que tengan una prueba PCR o cuantitativa negativa realizada en laboratorios autorizados hasta 72 horas antes de su abordaje.
- Quienes no tengan estas pruebas podrán realizarse pruebas rápidas en laboratorios autorizados o en los puntos habilitados en los aeropuertos hasta con 24 horas de anticipación al día y hora de vuelo.
- Si la prueba rápida cualitativa da un resultado IgM positivo, el viajero no podrá embarcarse hasta que se realice una prueba de RT-PCR confirmatoria que muestre un resultado negativo.
- Si la prueba rápida cualitativa indica solo “C” y “T” (Control y Test) y no indica IgM/IgG, un resultado T positivo anulará la posibilidad de embarque del viajero hasta que se realice una prueba de RT-PCR confirmatoria que muestre un resultado negativo.
- A partir del 21 de julio de 2020, se realizarán pruebas aleatorias en el aeropuerto de origen.
- Las empresas concesionarias de los aeropuertos de Quito y Guayaquil realizarán la coordinación del control y la toma de pruebas en conjunto con las autoridades sanitarias y municipales.
- Para vuelos domésticos, las personas que realizaron el APO en establecimientos de alojamiento temporal no deberán realizarse la prueba RT-PCR, puesto que el certificado de culminación del APO emitido por el Ministerio de Salud Pública será el documento habilitante para abordar el vuelo.
Consejo Editorial