El 28 de octubre de 2024, se publicó en el Registro Oficial No. 637 la Ley Orgánica para Impulsar la Iniciativa Privada en la Generación de Energías (en adelante la “Ley”).
Objetivo:
La Ley tiene como propósito promover soluciones de generación de energías renovables y busca atraer inversiones privadas para diversificar las fuentes energéticas.
Incentivos clave para la inversión:
- Exención de reversión de bienes: Los autogeneradores, cogeneradores y generadores de energía renovable no convencional de hasta 10 MW quedan exentos de la obligación de reversión de bienes al Estado al final del plazo de concesión.
- Se incorpora nuevamente la figura de Swiss Challenge: Las empresas que presenten proyectos de generación (para PPS) podrán mejorar su mejor oferta.
- Garantías Financieras: Se implementan mecanismos de garantías estatales y fideicomisos para asegurar el pago del precio de la energía generada.
- Financiamiento: Se permite la suscripción de acuerdos directos entre financistas y la entidad concedente para facilitar el financiamiento de proyectos.
- Delegación directa de proyectos: Se autoriza al Ministerio del Ramo a delegar directamente proyectos de hasta 100 MW en energías renovables no convencionales y de transición.
Otras medidas importantes:
- Importación de gas natural: Se facilita la importación de gas natural para autoconsumo y para proyectos productivos.
- Estabilidad jurídica: Se garantiza la estabilidad de las condiciones legales durante la vigencia de los contratos.
- Agilización de trámites: Se establece un plazo máximo de 30 días para la firma de contratos regulados respecto de los contratos de concesión suscritos.
- Planes de Transición: Las empresas de generación térmica deberán desarrollar proyectos que incluyan el uso de tecnologías menos contaminantes, como la generación híbrida y el uso de gas natural.
- Emisión de Normativa Secundaria: Dentro del plazo de 30 días se deberán emitir las regulaciones necesarias para implementar lo previsto en la Ley.
De requerir cualquier información adicional respecto a este tema, por favor contacte a nuestro socio Sebastián Cortez Merlo. scortez@pbplaw.com
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